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Alteraciones físicas o jurídicas en inmuebles

Alteraciones físicas o jurídicas en inmuebles

El Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece que los titulares de inmuebles están obligados a comunicar las alteraciones de carácter físico, económico o jurídico que realicen en los inmuebles.

BASE-Gestió d’Ingressos tiene un convenio de colaboración con la Dirección General del Catastro por el que puede recepcionar la documentación necesaria para declarar estas alteraciones.

Las alteraciones físicas o jurídicas se declaran en el modelo 900D, el cual incorpora información sobre los documentos necesarios para cada tipo de alteración.

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